José Ramón Mayz nos llamó pidiéndonos asesoría para hacer efectiva la entrega de materiales de un apartamento que compró hace 3 años y cuyos dueños iniciales no quieren desalojar.
José comenzó contándonos que ellos se enteraron por la prensa de la existencia del apartamento, que en esa oportunidad, se encontraba desocupado. Su esposa, Darlin Quintero, fue la que realizó toda la negociación. El apartamento se encontraba en precarias condiciones, pero eso no les importó porque como José trabaja en albañilería y carpintería, les brindaba la posibilidad de arreglarlo a su gusto.
La pareja realizó todos los trámites legales con la corredora inmobiliaria y posteriormente ante la notaría para cancelar la inicial al dueño y aplicar por un crédito bancario. Una vez aprobado el crédito bancario, comenzaron a buscar infructuosamente al dueño del apartamento y se enteraron de que el mismo estaba vendiendo nuevamente el apartamento a otras personas.
Finalmente, lograron contactarlo y bajo amenaza de denuncia ante el CICPC, el dueño accedió a venderles el apartamento y firmar, pidiendo una prórroga de 50 días para poder desalojar el inmueble. Al cabo del lapso estipulado, José Ramón fue a pedir las llaves de su vivienda y se encontró con que el mismo estaba ocupado por la madre del dueño anterior, quien se negó a salir aduciendo que la habían engañado.
Para poder asesorar a José Ramón e informarnos sobre este tema de tanta actualidad y que está afectando a tantos venezolanos, contactamos al abogado inmobiliario Roberto Orta.
Roberto comenzó diciéndonos que cuando una persona compra un inmueble, acepta el precio, firma la compraventa y no lo recibe, existe un juicio especial que se llama Juicio de Entrega Material de Bienes Vendidos: Se presentan todas las pruebas ante el tribunal, quien tiene necesariamente que dictaminar la entrega por vía judicial de la propiedad, porque una vez que se hace la venta de una propiedad en un registro se tiene que hacer la tradición legal y la entrega material de la propiedad al comprador, como en toda transacción de venta.
Roberto nos explicó que actualmente uno de los problemas que tiene este tipo de juicio es que por la vía habilitante, el Presidente de la Republica decretó en el mes de mayo una ley contra los desalojos arbitrarios en la cual, una vez que se obtiene una sentencia donde una persona tenga que hacer una entrega de una propiedad vendida, esa entrega no se puede ejecutar por la vía judicial hasta que el estado o el gobierno no le proporcione una vivienda a la persona que está desalojando de la propiedad.
Roberto nos comentó que hay cerca de 44.000 juicios de este tipo paralizados porque no se ha podido llegar a la consecución final del juicio. El Tribunal Supremo de Justicia acaba de dictar una jurisprudencia que establece que se podría solicitar la reactivación en los tribunales de esos juicios pero igual, al momento de ejecutar la entrega del inmueble, se paraliza el juicio hasta que se cumpla la condición con el actual ocupante.
José nos contó que él entabló un juicio pero fue arbitrariamente declarado a favor de los dueños del apartamento. Sin embargo, el tiene que seguir pagando un crédito bancario y vivir arrimado a pesar de haber hecho toda la negociación con una hipoteca como se debe hacer.
Roberto le dijo que esa sentencia tiene que ser apelable, porque no se le puede dar la razón a una persona que vende una propiedad y no la entrega. Al analizarla, le dijo a José Ramón que es una sentencia sin fundamento, pues la dueña del inmueble alega que ella le entregó un poder general de venta a su hijo, quien abusando de ese poder, vendió el apartamento. Nos explicó Roberto que cuando se otorga un poder general de venta, esa persona es corresponsable por todos los actos y negocios que firme el apoderado, por ende, en este caso, la señora no puede excusarse una vez que se ha hecho una venta diciendo que ella no estaba de acuerdo.
Roberto le recomendó a José intentar otro tipo de juicio, porque un juez que se ajuste a derecho debería fallar a favor de él, pero hay recordó que esta ley de protección a los desalojos arbitrarios ampara casos irregulares, como el de José.
Roberto dijo que ellos han introducido un recurso de nulidad de esta ley ante el Tribunal Supremo de Justicia y cualquier persona que se quiera sumar a este recurso puede hacerlo entrando en la página de al Asociación de Propietarios de Inmuebles, www.apiur.org, en twitter en @apiur o llamando al (0212) 266.0087 o siguiendo a Roberto en twitter en @robertoeorta. En esta asociación asesoran gratuitamente a todos los dueños de inmuebles que se encuentran en situaciones como éstas y Roberto le dijo a José Ramón que con gusto lo podrían ayudar y hacerle seguimiento a su caso.